A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Municipio De El Cerrito Valle Del Cauca·Demandado Banco Agrario De Colombia Sa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento de contrato de arrendamiento celebrado por una entidad del Estado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de Cali y el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de El Cerrito (Valle del Cauca).
La controversia entre los Despachos consiste en demanda instaurada por el municipio de El Cerrito (Valle del Cauca) en contra del Banco Agrario de Colombia S.A, con el fin de que se declare el incumplimiento y terminación judicial del contrato de arrendamiento suscrito con la demandada y, en consecuencia, se ordene la restitución del inmueble arrendado.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla de decisión fijada en Auto 312 de 2021 para resolver que, la competencia judicial para conocer de litigios que pretendan la declaratoria de incumplimiento de un contrato de arrendamiento celebrado por una entidad pública y, como consecuencia de ello, la restitución del inmueble dado en arriendo corresponde a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, de acuerdo con el numeral 2 del Artículo 104 de la Ley 1437 de 2011.
En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de Cali para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de El Cerrito (Valle del Cauca).
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado
- Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Cali y el Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de El Cerrito (Valle del Cauca), en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Cali es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por el Municipio de El Cerrito contra Banco Agrario de Colombia S.A.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4373 al Juzgado
- Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Cali para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de El Cerrito (Valle del Cauca).
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.